APORTE Y CONTRIBUCION.
Convenio Colectivo de Trabajo, capitulo “Protección de la Maternidad, vida desempleo y discapacidad del CCT 590/10.
Art. 27 bis. (Resumido) cobertura de seguro de vida entera que ampare la muerte y la supervivencia combinando la protección y el ahorro a largo plazo.
Este seguro vitalicio cubrirá el fallecimiento del asegurado a excepción que este hubiera optado, con anterioridad, el rescate de su cuenta individual.
A fin de sufragar los gastos derivados de la contratación de la póliza las partes acuerdan que la totalidad de los empleadores ingresarán un aporte mensual del 0.75 por ciento sobre la remuneración bruta total de cada trabajador y/o los trabajadores una retención del 0.75 por ciento sobre la remuneración bruta total del trabajador. |